REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUCUPITA, CASACOIMA, PEDERNALES Y ANTONIO DÍAZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DELTA AMACURO.
SOLICITUD Nº: 1729-2025.
SOLICITANTE: ALVARO JOSE MAIA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.114.681.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
I
En fecha Diecisiete (17) de Enero de 2025, la solicitud de Título Supletorio presentado por el ciudadano ALVARO JOSE MAIA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.114.681, de este domicilio, asistido en este acto por la Abogada NILDA TORREALBA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 286.955, en la cual pide se le tome declaración a los ciudadanos que oportunamente presentara y una vez evacuados los testimoniales y cumplidos los trámites legales se declare suficientemente Título Supletorio de Propiedad, sin perjuicio de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha Veinte (20) de Enero de 2025, se dictó auto admitiendo la presente solicitud, fijándose la oportunidad para la presentación de los testigos, a los fines de interrogar a los mismos.
En fecha Veinte (20) de Enero de 2025, comparecieron en calidad de testigos los ciudadanos LEONARDO ELYS FHILIPS y MEILYS DEL CARMEN FLORES MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 12.545.261 y Nº 18.658.164, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro.
II
Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada el ciudadano ALVARO JOSE MAIA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.114.681, sobre una parcela de terreno propiedad del INTI, la cual tiene una superficie de terreno que mide MIL CIENTO CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO CENTIMETROS (1.105,25 Mts2) y un área de construcción de SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CERO CINCO CENTIMETROS (64,05 Mts2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: propiedad que es o fue de Arístides Beapertuy con 53,36 mts; SUR: Propiedad
que es ó fue de Rosa Arzolay con 53,30 mts; ESTE: Propiedad que es ó fue de Ramón Barreto con 22,66 mts y OESTE: carretera nacional troncal 15 con 20,35 mts, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión que tiene el ciudadano ALVARO JOSE MAIA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.114.681, de este domicilio, sobre la mencionada bienhechuría y que conforme a las declaraciones rendidas por los testigos hábiles y contestes testigos los ciudadanos LEONARDO ELYS FHILIPS y MEILYS DEL CARMEN FLORES MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 12.545.261 y Nº 18.658.164, respectivamente, de este domicilio, la cual tiene un valor aproximado de DOS MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 2.000.000,00)...
Publíquese y Regístrese, incluso en el sitio web delta-amacuro.tsj.gob.ve. Déjese copia certificada de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la solicitud a la parte interesada, previo suministro de los fotostatos respectivos. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro. En la ciudad de Tucupita a los Veinte (20) días del mes de Enero de Dos Mil Veinticinco (2025). Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
El Juez
LORELVIS ENRIQUE SILVA.
La Secretaria
MIRIANGEL SUAREZ ARZOLAY
En esta misma fecha, siendo las 03:00 p.m., previo anuncio de ley, se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
Secretaria.
Solicitud: N° 1729-2025
LES/MSA
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