REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUCUPITA, CASACOIMA, PEDERNALES Y ANTONIO DÍAZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO DELTA AMACURO.

SOLICITUD Nº: 1741-2025.

SOLICITANTE: ENOEL JOSE RODRIGUEZ CARABALLO,venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.336.713, domiciliado en Delfín Mendoza, Calle N° 6, casa S/N, Parroquia Monseñor Argimiro García, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro.

MOTIVO:TITULO SUPLETORIO.
I

En fecha Veintiséis (26) de Febrerode 2025, se recibe por Tribunal Móvil, la solicitud de Título Supletorio presentada por elciudadanoENOEL JOSE RODRIGUEZ CARABALLO,venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.336.713, domiciliado en Delfín Mendoza, Calle N° 6, casa S/N, Parroquia Monseñor Argimiro García, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, debidamente asistido en este acto por laAbogada YANNEL DEL VALLE COA MERCHAN, Defensora Pública Primera Provisorio en Materia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Delta Amacuro; inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 151.759, en la cual pide se le tome declaración a los ciudadanos que oportunamente presentara y una vez evacuados los testimoniales y cumplidos los trámites legales se declare suficientemente Título Supletorio de Propiedad, sin perjuicio de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.

En fecha Veintiséis (26) de Febrero de 2025, se dictó auto admitiendo la presente solicitud, quedando asentada en el libro de solicitudes de este Juzgado bajo el N° 1755-2025, fijándose la oportunidad para la presentación de los testigos, a los fines de interrogar a los mismos.

En fecha Veintiséis (26) de Febrero de 2025, comparecieron en calidad de testigos los ciudadanosILDEMARO DEL CARMEN ARENA CHACON yMARIANNA CAROLINA CEDEÑO DE ARENA,venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°4.515.856 y Nº 14.858.428, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, municipio Tucupita del estado Delta Amacuro.

II

Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada por el ciudadanoENOEL JOSE RODRIGUEZ CARABALLO,venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.336.713, respectivamente domiciliado en Delfín Mendoza, Calle N° 6, casa S/N, Parroquia Monseñor Argimiro García, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, la cual tiene un terreno de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETRO CUADRADOS(258,55Mts2), alinderadade la siguientemanera: NORTE: Propiedad que es o fue de Numarys Monroy con (55.33M); SUR:Propiedad que es o fue de Milza De Martínez con (55,33M); ESTE:Calle N° 6con (4,79M) y OESTE: Difruca con (4,64M); de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión que tiene el ciudadanoENOEL JOSE RODRIGUEZ CARABALLO,venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.336.713, de este domicilio, sobre la mencionada bienhechuría y que conforme a las declaraciones rendidas por los testigos hábiles y contestes ciudadanos ILDEMARO DEL CARMEN ARENA CHACON y MARIANNA CAROLINA CEDEÑO DE ARENA,venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°4.515.856 y Nº 14.858.428, respectivamente, de este domicilio,la cual tiene un valor aproximado de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES EXACTOS(Bs. 150.000,00)...

Publíquese y Regístrese, incluso en el sitio web delta-amacuro.tsj.gob.ve. Déjese copia certificada de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la solicitud a la parte interesada, previo suministro de los fotostatos respectivos. Así se decide.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro. En la ciudad de Tucupita a los Siete (07) días de Febrero de Dos Mil Veinticinco (2025). Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.

El Juez,


LORELVIS ENRIQUE SILVA.

La Secretaria Suplente,


ROSANNA DEL VALLE LIRA GONZALEZ.