N° DE EXPEDIENTE: GP21-E-L-2025-000034
PARTE ACTORA DEMANDANTE: LUSIS DEL VALLE GIL DE MARTINEZ. (No Comparece).
ABOGADO ASISTENTE: DESIRE JOSEFINA GUEVARA y JOSE GUILLERMO DUARTE, INPRE: 249.955 y 320.513 respectivamente. (No Comparecen)
PARTE DEMANDADA: NABOR BERNARDO PERNIA SANTANA, titular de la cedula de identidad nro v.-14.971.208. (No Comparece)
ABOGADO ASISTENTE: ABOGADO PEDRO JESUS MONTEZ, INPRE: 194.754. (No Comparece)
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES.

Hoy, 23 de julio de 2025, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijada para que tenga lugar la PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE CIUDADANA: LUSIS DEL VALLE GIL DE MARTINEZ, titular de la cedula de identidad nro v.-8.607.275, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia que por la parte demandada ciudadano NABOR BERNARDO PERNIA SANTANA, titular de la cedula de identidad nro v.-14.971.208., NO COMPARECE, por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno,. Es todo. Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 215 ° y 166°.



EL JUEZ
Abogado DANIEL ANDRES GARCIA GOMEZ







LA SECRETARIA
Abogada DARIERYS DEL CARMEN RIVAS BLANCO