ASUNTO N°: GP21-E-L-2023-000036
PARTE ACTORA: MORELYS MIGDALIA FUENTES AVENDAÑO, RAUL ALBERTO RIVERO HERMES JULIO RAMON DIAZ MELENDEZ, RENNY ASDRUBAL CASTILLO FRAY, ORLANDO JOSE VELASQUEZ DORANTE, LUIS SIDNEY BLANCO SANDOVAL, ANGEL EDUARDO PARRA, JOSE GREGORIO MARVAL, CASTOR RAFAEL MARIN, IRON JOSE PARADA GARCIA
ABOGADO ASISTENTE: ABG. ANNA VICENZA IANNI GOMEZ, INPRE: 59.198
PARTE DEMANDADA: DIQUES Y ASTILLEROS NACIONALES, C.A., (DIANCA)
APODERADO DE LA DEMANDADA: XIANNY YERILIN LANDINEZ GARCIA y JOSE ANTONIO DE LA T MARTINEZ LOYO, INPRE: 296.684 y 301.526 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES

Hoy, miércoles 30 de julio de 2025, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijada para que tenga lugar la CONTINUACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, comparecen a la misma, los ciudadanos MORELYS MIGDALIA FUENTES AVENDAÑO, RAUL ALBERTO RIVERO HERMES JULIO RAMON DIAZ MELENDEZ, RENNY ASDRUBAL CASTILLO FRAY, ORLANDO JOSE VELASQUEZ DORANTE, LUIS SIDNEY BLANCO SANDOVAL, ANGEL EDUARDO PARRA, JOSE GREGORIO MARVAL, y IRON JOSE PARADA GARCIA, titulares de la cedula de identidad números v-8.608.551, v.7.170.049, v.7.172.314, v.8.591.148, v.10.253.143, v.8.598.137, v.8.600.823, v.10.247.317 y v.-10.252.882 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada ANNA VICENZA IANNI GOMEZ, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el nro 59.198, y por la parte demandada DIQUES Y ASTILLEROS NACIONALES, C.A., (DIANCA), comparecen sus apoderados judiciales abogados XIANNY YERILIN LANDINEZ GARCIA y JOSE ANTONIO DE LA T MARTINEZ LOYO, inscritos en el instituto de previsión social del abogado bajo los nros 296.684 y 301.526, según instrumento poder que corre inserto en los autos que conforman el presente asunto. Dándose así inicio a la audiencia. Este Tribunal deja constancia que no comparece el ciudadano CASTOR RAFAEL MARIN, titular de la cedula de identidad nro v.7.157.767, por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO” , únicamente en referencia al ciudadano CASTOR RAFAEL MARIN ut supra identificado.

No obstante el Juez personalmente trató de mediar y conciliar las posiciones de las partes, y que éstas comparecieron a la Audiencia Preliminar, sin lograrse la mediación, da por concluida la Audiencia Preliminar.

De conformidad con lo previsto en el artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena incorporar, en este mismo acto, al expediente las pruebas promovidas por las partes a los fines de su admisión y evacuación por ante el Juez de Juicio.

EL JUEZ

Abogado DANIEL ANDRES GARCIA GOMEZ


PARTE DEMANDANTE Y SU ABOGADO ASISTENTE


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA
ABG. DARIELYS DEL CARMEN RIVAS BLANCO