REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 07 de Enero de 2026
215° y 166º
DEMANDANTE: YRENE SOFIA BASTIDAS MOYETONES, titular de la cedula
de identidad Nro. V-16.049.056, representada por las abogadas
LUCY YANETH DAZA MOLINA Y MARIA DE LA CRUZ
VILLANUEVA, inscritas en el I.P.S.A. Nros. 86.625 y 180.906.
MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO.
EXP. Nro.: 4122.
DECISION: SENTENCIA DEFINITIVA.

En fecha 10 de octubre de 2025, se le dio entrada en este Tribunal, escrito de demanda incoada por la ciudadana YRENE SOFIA BASTIDAS MOYETONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.049.056, debidamente asistida por las abogadas LUCY YANETH DAZA MOLINA Y MARIA DE LA CRUZ VILLANUEVA, inscritas en el I.P.S.A. Nros. 86.625 y 180.906, quien señaló que en su ACTA DE MATRIMONIO, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del Estado Carabobo, bajo el Nº 207, Tomo II, del año 2002, para el momento de realizar el acta de nacimiento señalaron la fecha de nacimiento de su cónyuge, ciudadano FERNANDO JOSE GARCIA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V. 13.755.020, aparece como: “VEINTICINCO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS”, cuando lo correcto es: “VEINTICINCO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE”.-
RECAUDOS ACOMPAÑADOS: A) Copia de la cedula de identidad de la ciudadana YRENE SOFIA BASTIDAS MOYETONES, B) Copia certificada del Acta de Nacimiento emitida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Petare del Municipio Sucre del Estado Miranda del ciudadano FERNANDO JOSE GARCIA RODRIGUEZ, Acta Nro. 253, Libro 03, del Año 1977, C) Copia certificada del Acta de Matrimonio, objeto de rectificación, expedida por la Oficina de Registro Civil Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia Edo. Carabobo, Acta Nro. 207, Tomo II, Año 2002, D) Copia Simple de la cédula de identidad del ciudadano FERNANDO JOSE GARCIA RODRIGUEZ, E), Copia de la Decisión de la Solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio, emanada por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo, Expediente Nro. RCMV-SJ-01680-2025. En fecha 10 de octubre de 2025, se le da entrada al presente expediente.
En fecha 15 de Octubre de 2025, este Tribunal admite la causa y ordena librar cartel de emplazamiento y la notificación al Fiscal del Ministerio Público en la Materia, en esta misma fecha se libró Cartel.
En fecha 30 de octubre de 2025, la parte accionante otorga poder Apud Acta a las abogadas LUCY YANETH DAZA MOLINA Y MARIA DE LA CRUZ VILLANUEVA, supra identificadas (folios 15 y 16).
En fecha 03 de Noviembre de 2025, la parte demandante consigna diligencia haciendo constar la publicación del cartel de emplazamiento en el diario La Calle de fecha 31 de octubre de 2025 (folios 17 y 18).
En fecha 04 de Noviembre de 2025, se acuerda agregar en autos el cartel de emplazamiento consignado en fecha 03 de Noviembre de 2025.
En fecha 01 de Diciembre de 2025, la ciudadana alguacil de este tribunal consigna diligencia haciendo constar la notificación del Fiscal del Ministerio Público.-
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DECISION: Siendo la oportunidad proveer sobre dicha la solicitud, el Tribunal pasa a considerar lo siguiente: En virtud de no haberse presentado oposición alguna, y siendo la oportunidad para dictar sentencia, de conformidad con el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil pasa a hacerlo en base a las consideraciones siguientes: conforme a los recaudos presentados por la solicitante los cuales se dan por reproducido, se estiman demostrados los hechos alegados en el escrito, por lo que esta juzgadora considera causa suficiente para declarar PROCEDENTE la Demanda de Rectificación requerida por la ciudadana YRENE SOFIA BASTIDAS MOYETONES, ya identificada. En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena notificar a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del Estado Carabobo, así como a la Oficina de Registro Principal del Estado Carabobo, a los fines de que se sirvan RECTIFICAR el Acta de Matrimonio de los ciudadanos YRENE SOFIA BASTIDAS MOYETONES y FERNANDO JOSE GARCIA RODRIGUEZ, en los siguientes términos: donde dice: “VEINTICINCO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS”. Debe decir: “VEINTICINCO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE”, QUE ES LO CORRECTO; Y ASI SE DECIDE. -
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Valencia a los siete (07) días del mes de Enero de 2026.- Años 215° de Independencia y 166° de Federación. -
LA JUEZ PROVISORIO

ABG. ERLYVANIS CISNERO
LA SECRETARIA.

ABG. VICMARY LAGO
EXP 4122.
EC/VL/jamm.-