declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos: KATIUSKA DEL VALLE, KARINA DEL VALLE, KAREN JOSEFINA, KATHERINE MARGARITA Y NOEL JOSÉ REYES ZURITA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.862.924, V-9.862.923, V-11.212.103, V-11.212.102 y V-12.545.429 respectivamente y el Adolescente (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) REYES GUALEZ, de Doce (12) años de edad años de edad, portador de la cédula de Identidad n°V-26.909.090, la cualidad que tienen de Únicos y Universales Herederos, de quien en vida respondiera al nombre de NOEL DEL VALLE REYES ALMEIRA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.122.929, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Cúm.....