DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior (Accidental) en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano MARCOS ANTONIO CASTILLO, titular de cédula de identidad Nº 9.591.102, inpreabogado Nº 36.101, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos JAIRO ANTONIO BARRIOS HIDALGO y RAUL ANTONIO BARRIOS, titulares de las cédulas de identidad Nrosº 11.240.551 y 1.830.491 respectivamente.
SEGUNDO: Se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión de fecha 29 de Octubre de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del estado Apure, c.....