este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la demanda de COLOCACION FAMILIAR, intentada por el ciudadano ZENEIDA MARIA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-8.350.670; en contra de los ciudadanos ANTHONY JESUS GUAICARA PARABAVIRE y MARGELIX MARILEX FRANCO MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V-20.634.823 y V-24.579.437, respectivamente; en beneficio del niño (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65, de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes) venezolano, de ocho (08) años de edad. En consecuencia. PRIMERO: Se dicta la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN de COLOCACIÓN FAMILIAR del niño (Se omite el nombre de co.....