Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo reparatorio celebrado entre el imputado JESUS ENRIQUE GALLARDO CERMEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-18.846.293, nacido en Santa Bárbara de Barinas, en fecha 04-07-1982, soltero, de 22 años, de ocupación u oficio mecánico, hijo de Blanca Pérez Molina y Jesús Enrique Gallardo, residenciado en la calle Bolívar, Barrio Táchira al lado del cuidado diario, en casa de Montañez Alberto, Guasdualito, Estado Apure, y la víctima VICTOR MANUEL CARRILLO CERMEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.187.020, por el delito de Hurto Calificado en grado de frustración, previsto y sancionado en el artículo 455 numeral 3º del Código Penal en concordancia con el.....