Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada porla ciudadana ANGELICA ROSAURA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.402.751, sobre una parcela de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), la cual tiene una superficie de terreno que mide: CIENTO SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE CENTIMETROS (166,27 Mts2) y un área de construcción de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS (254,10 Mts2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: propiedad que es o fue de Glesis Suarez con (20,70 mts); SUR: Calle 26 de Marzo con (21,66 mts); ESTE: propiedad que es o fue de Javier Medina con (8,10 mts) y OESTE: Carretera Nacional con (6,05 mts), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho .....