DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, conforme a los artículos 313 y 314, ambos del Código Orgánico Procesal Penal este Tribunal Primero Penal Estadal y Municipal en funciones de Control de la Circunscripción judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se admite en todas y cada una de sus partes la acusación interpuesta por la fiscalía del Ministerio Público, contra el ciudadano; JOSE ANGEL MATA, venezolano, nacido en fecha 10-10-1990, de 24 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 24.040.926, de profesión u oficio Segundo de la Guardia Nacional, residenciado en san Félix estado Bolívar, 25 de marzo, sector Inés Romero, calle Simón Bolívar, casa Nº 13, teléfono 0416-393-66-06, lugar de trabajo, comando de la guardia nacional 622 Guri, por la presunta comisión del delito de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el a.....