DISPOSITIVA. Por los razonamientos antes expuestos, ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE TUCUPITA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: Se acuerda CON LUGAR la SOLICITUD DE ENTREGA VIGILADA , solicitada por la Fiscal Segunda del Ministerio Público Abg. ROSMELIS MALPICA, por existir presuntamente la comisión de un hecho punible EXTORSION, la cual se realizará en la siguiente dirección: PLAZA BOLIVAR DE ESTA CUIDAD DE TUCUPITA, ESTADO DELTA AMACURO, lugar donde se realizará la entrega de Cien bolívares (200bs) en papel de moneda de curso legal en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, distribuida en 50 billetes de la denominación de dos (02) billetes de Cincuenta Bolívares, signados con los siguiente seriales: W52927931 y P79657144, por la presunta comisión del delit.....