Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con Competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y el contenido de la Sentencia 1070 de fecha 09 de Diciembre de 2016, dictada por la Sala Constitucional del Máximo Tribunal, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos: ROSSEIRIS MICHELL NUÑEZ FUENTES Y ISAAC JOSE FIGUERA FIGUERA, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, domiciliados en la ciudad de Tucupita, estado Delta Amacuro, y titulares de la cedula de identidad Nº 27.208.792 y 25.089.347, respectivamente, casados, ambos de este domicilio; y en consecuencia, declara DISUELTO .....