IV
DISPOSITIVA
En fuerza de los anteriores razonamientos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Profesional del Derecho LILIA EVELEXY JIMENEZ VILLEGAS, en su condición de Fiscal Décima del Ministerio Público con Competencia en las Materias de Drogas, Salvaguarda, Bancos, Seguros y Mercados de Capitales de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, contra la sentencia publicada en fecha 25-03-2008, por el Tribunal Mixto Primero en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en la causa N° 1M 380-07.
SEGUNDO: Se ANULA, la referida decisión, por inmotivación de la sentencia, dado que la Juez llegó a una conclusión sin que expresara su análisis, razón por la que la denuncia invocada por el recurrente con fundamento del Artículo 452 numeral 2° de.....