DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y analizadas como fueron las pruebas promovidas, admitidas y evacuadas en las diferentes audiencias celebradas durante el desarrollo de este debate oral y público, este Tribunal Único de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22 y 349, todos del Código Orgánico Procesal Penal, decide: PRIMERO: Se declara CULPABLE al ciudadano JOSE RAFAEL MARQUEZ, venezolano, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro, donde nació en fecha edad 25 años, estado civil soltero, profesión u oficio agricultor, residenciado en San Rafael Av. Orinoco en el sector Brisas Aéreas en una casa tipo barraca al frente de la 04 calle de La Floresta, grado de instrucción 02 año, hijo de José Rafael Márquez (v) y Nerviz Márquez (v), titular de las.....