Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por el Abogado NELSON ASCANIO VALENZUELA, en carácter de Querellante, en representación de la víctima, Industria Ganadera Nacional, "Las Naranjitas", representada por OMAR BENCOMO, contra el auto que declaró desistida la querella conforme al artículo 297 numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal, dictado y publicado por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal, de fecha 13-06-2005, en la causa distinguida bajo la nomenclatura, en esa oportunidad bajo el N° 2M-98-01. En consecuencia, queda de esta manera CONFIRMADA la referida decisión, por encontrarse satisfecho lo previsto en el numeral 5° del artículo 297 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo ello con fundamento a lo previsto en los artículos 450 del Código Orgánico Procesal Penal.