este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, con el objeto de garantizar el interés superior de los niños de autos; tal como lo dispone el artículo 08 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos, 30, 365, 366 encabezamiento y 518 ejusdem, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN correspondiente, al acuerdo suscrito por los ciudadanos FIAMA JOSEFINA FERNÁNDEZ DÍAZ y DAILUIS JOSÉ ZAPATA MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-25.255.605 y V-26.127.591; respectivamente; en beneficio de sus hijos, los niños antes identificados, adquiriendo efectos de sentencia definitivamente firme y ejecutoriada; so pena de incurrir a.....