Por lo antes expresado ocurrió la perención de instancia en la presente causa, en consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara la Perención de la Instancia de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento civil, Ordinal 1°, en la demanda de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales intentada por el abogado: PEDRO ANDREWS HERNANDEZ, antes identificado, en contra de la ciudadana: ANGELICA APARICIA GIL CEQUEA, plenamente identificada, y en consecuencia se ordena el archivo del presente expediente................................................................................................................
Publíquese, regístrese, diarícese y cúmplase con lo ordenado en la presente sentencia interlocutoria. Agréguese al expediente respectivo......................................................
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal .....