PRIMERO: Sin Lugar la apelación de fecha 16 de octubre de 2007, interpuesta por el ciudadano LUIS ALBERTO MUÑOZ TORREALBA, parte demandada, contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de la causa el 31 de julio del mismo año.
SEGUNDO: Con Lugar la acción de Requerimiento de Obligación Alimentaría incoada por la ciudadana LELIA MARGARITA APONTE RODRIGUEZ, actuando en nombre y representación de su menor hija (Se omiten la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), en contra del ciudadano LUIS ALBERTO MUÑOZ TORREALBA, igualmente identificado en autos, quién debe cumplir con la Obligación Alimentaría en la suma de TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.300.000,oo) mensuales, equivalente hoy día a la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 300,oo), en la forma que establece en la parte motiva de esta sentencia, el cual debe ser ajustado en forma automática y proporcional, teniendo en cuenta l.....