En atención a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 8 y 177 parágrafo primero literal j de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el ordinal 3º del Artículo 185 del Código Civil Venezolano, declara CON LUGAR, el divorcio intentado por el Ciudadano LUIS MANUEL CARRIÓN VILLARROEL, titular de la cédula de identidad número: V-12.546.335, en contra de la Ciudadana FANCI URIMARE ORASMA, titular de la cédula de identidad número: V-11.239.823 y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído por ante el Registro Civil del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 03 de agosto de 2006. En virtud de que procrearon un hijo .....