Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DELTA AMACURO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, conforme al ordinal 6° del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD DE GANANCIALES, intentada por el ciudadano FRANCISCO RAFAEL MORALES GIBORY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.864.023, asistido por los abogados JOSELYS DUARTE GUERRA y LUIS J. GONZALEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 243.768 y N° 68.462 respectivamente, contra de la ciudadana YSABEL REYES HERRERA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 9.864.025.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístre.....