Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve:
PRIMERO: REVOCA LA COLOCACIÓN FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA en favor de la joven adulta SHAILA DEL VALLE TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-27.802.519; quien cuenta actualmente con 20 años de edad. Y así se decide. Cúmplase.
SEGUNDO: Se ordena el cierre y archivo del presente asunto en su debida oportunidad.