ÚNICO: Declara inadmisible por extemporánea, de conformidad con el literal "b" del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, la pretensión interpuesta el 6-6-2013 por el Abg. JOSE GREGORIO RUIZ ARAQUE, Defensor Público 5to de la Coordinación Regional del Estado Apure, Defensor del ciudadano ANEISIS ALONSO COLMENAREZ TORO, contra el pronunciamiento mediante el cual en fecha 27-5-2013, la Juez 3ª de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. ZUJENNY FERNANDEZ, decretó medida judicial preventiva de libertad en perjuicio del ciudadano antes indicado, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR MENOR, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte, en concordancia con el artículo 163 numeral 7° de la Ley Orgánica de Drogas.