En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley Declara PRIMERO: SIN LUGAR la acción de Cobro de Prestaciones Sociales intentada por el ciudadano: ROGELIO CORDERO DE JESÚS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.234.332 y de este domicilio, representado judicialmente por el abogado MARCOS GOITÍA inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.239; contra la Gobernación del Estado Apure. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente juicio.