Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial del Estado Apure, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
ÚNICO: Se mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que en fecha 06-10-04 conforme a las previsiones del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal le fue decretada por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure al ciudadano: CARLOS ENRIQUE FORERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.359.177, hijo de Orlando Freddy Pérez Echenique y de Carmen Eneida Forero, domiciliado en Puerto Páez, Urbanización José Antonio Páez, calle principal, casa N° 69-96 del Estado Apure; todo ello de conformidad a las previsiones del articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Ofíciese. Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE JUICIO,
DR. DAVID OSWALDO BOCANEY.