SEGUNDO: Se Aumenta con carácter DEFINITIVO la Obligación de Manutención en la suma de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) mensuales, que el ciudadano FERNANDO ANTONIO CAVANERIO debe cumplir a favor de sus hijos SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 LOPNNA, a partir del presente mes de Junio año en curso, mas aportes extras en los meses de agosto y Septiembre en la cantidad TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo) cada mes deducibles del mes respectivo, y el treinta por ciento 30% siendo descontado este último de los aguinaldos respectivos, para cubrir parte de los gastos ocasionados por los niños y festividades decembrinas de conformidad con lo establecido en los artículos 365 y 366 Ejusdem; sumas estas que deben ser depositadas directamente por el organismo empleador del padre en cuenta de ahorros en el banco BICENTENARIO, a nombre de la madre ciudadana NUBIA ZULEINE RODRIGUEZ SOLORZANO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.047.515, así mismo e.....