DISPOSITIVA
En virtud de lo anterior, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación de auto incoado por el Profesional del Derecho VICTOR ARMINIO ALTUNA GARCÍA, en su condición de Defensor Privado del ciudadano JOSÉ LUIS FRANCO titular de la cédula de identidad Nº 12.195.672, imputado por la presunta comisión de los delitos de Acoso u Hostigamiento, Amenazas y Violencia sexual, previstos y sancionados en los artículos 40, 41 y 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las mujeres a una vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 98 del Código Penal, en contra de la decisión proferida en fecha 03 de agosto de 2009, por el Tribunal Segundo en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en consecuencia se ANULA LA AUDIENCIA PRELIMINAR Y ACTOS SUBSIGUIENTES, y se re.....