En tal sentido, este Tribunal para decidir, considera procedente, MANTENER LAS MEDIDAS IMPUESTAS A LOS JÓVENES, y enviar comunicación:
1. Al Centro de Formación Socio Educativo Tucupita, para que informe sobre el cumplimiento de las sanciones impuestas al joven IDENTIDAD OMITIDA
2. Remitir comunicación a la Presidencia del Circuito Judicial Penal, con la finalidad que pondere la posibilidad y se sirva de sus buenos oficios remitir comunicación a la Jueza Coordinadora de los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes a fin de que coadyuve en solicitar a la Psiquiatra adscrita a ese Circuito la evaluación psiquiátrica de los jóvenes IDENTIDADES OMITIDAS, sancionados en la presente causa, toda vez que necesitan controlar sus emociones y comportamiento, a los fines de evitar conductas y participación de actos social y legalmente juzgados que puedan colocarle en riesgo su integridad física y personal canalizar situaciones conductuales manifiestas en los adole.....