DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesto por el ciudadano ABELARDO ANTONIO ZARATE GAMARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.141.830., debidamente asistido por el PEDRO JESÚS BALCAZAR GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 8.156.180, e Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 49.786, contra la Providencia Administrativa Nº 0146-2017, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Apure en fecha Diecisiete (17) de mayo de 2016, mediante el cual declaro Sin Lugar la Solicitud de Reenganche y Restitución de los Derechos, formulada por el ciudadano ABELARDO ANTONIO ZARATE GAMARRA, antes ident.....