DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se decreta proseguir la presente investigación por la vía del procedimiento Abreviado, de conformidad con lo establecido en los artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena remitir las actuaciones al Juzgado de Juicio Ordinario de este Circuito Judicial Penal en el lapso de Ley.
SEGUNDO: Se declara sin lugar la medida privativa judicial preventiva de libertad solicitada por el Ministerio Público, declarándose con lugar la solicitud de la Defensa. En consecuencia se decreta medida cautelar sustitutiva de libertad, de conformidad con el artículo 256 numeral 3 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal en contra del ciudadano YORNEIS ADOLFO VASQUEZ MEDIN.....