(...)Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana Gardenia Mercedes Sifontes, titular de la cédula de identidad número 5.358.459, actuando en su condición de representante legal de la Compañía Anónima Lubrimoca, en contra del Acto Administrativo número 0305-11, dictado en fecha 21 de septiembre de 2011, por la dirección de salud de los Trabajadores (DIRESAT) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) de los Estados Guárico y Apure, que CERTIFICÓ como enfermedad agravada por el Trabajo que produce en el trabajador una discapacidad parcial permanente. SEUNDO: ADMITE el recurso de nulidad. TERCERO: NIEGA la medida de suspensión de efectos del acto r.....