este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 263, 264, 265 y 266, del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el DESISTIMIENTO, del procedimiento de COLOCACIÓN FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA, intentada por ciudadana LUZMILA COROMOTO HERNÁNDEZ HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.698.680; en contra de la ciudadana AIDA DEL VALLE CABRAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.525.767; en beneficio de la joven adulta, DIOANNYS DEL VALLE BERRA CABRAL, venezolana, actualmente mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-31.356.857; igualmente se le advierte a la parte demandante ciudadana LUZMILA.....