PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, el recurso de Apelación de autos, interpuesto, por la Abg. DAISY PINTO JAIMEZ, Defensora Pública Quinta Penal e Indígena, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Delta Amacuro, contra la decisión de fecha 12 de enero de 2013, fundamentada el 16 de enero de 2013, emanada del Tribunal Primero de Primera Instancia Penal Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, en audiencia de presentación, la cual declaró con lugar la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad contra el ciudadano: CARLOS ALBERTO MOTA BERIA, venezolano, soltero, titular de la cedula de identidad numero 21.975.221, de 21 años de edad, nacido en fecha 01/02/1991, natural del Estado Bolívar, residenciado en Palomar , calle Principal, casa sin número, color blanca, Teléfono Ninguno, hijo de José Luis Mota (V) y Olivia Beria (F). por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, ROBO AGRAVADO Y AGAVILLA.....