PRIMERO: Con Lugar la apelación de fecha 25 de marzo del 2003, interpuesta por el abogado MARCOS GOITIA, con el carácter acreditado en los autos, en contra de la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de la Causa.
SEGUNDO: Parcialmente Con Lugar la presente demanda de cobro de Prestaciones Sociales incoada por la ciudadana MARIA HERMENCIA LISCANO DE CASTILLO, identificada en autos, en contra de la GOBERNACION DEL ESTADO APURE, representada por el Gobernador del Estado GIAN LUIS LIPPA. En consecuencia, se ordena a la Gobernación a cancelar a la demandante la cantidad de QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 15.465.064,32), por concepto de prestaciones sociales, discriminados de la siguiente manera:
¿ Indemnización antigüedad Bs. 1.064.800,00
¿ Intereses sobre prestaciones sociales Bs. 1.933.911.78
¿ Bono de Transferencia Bs. 550.225,00
¿ Intereses de la deuda desde el 18-6-97 h.....