Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre las bienhechurías fomentadas por la ciudadana YANETT PEREZ DE MEDINA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.858.771, sobre una parcela de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicada en la calle La Cachapera, transversal Nº 1, sector Paloma, casa s/n, parroquia Antonio José de Sucre, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, la cual tiene una extensión de terreno de TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CON CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (351,04 Mts2) y un área de construcción de CIENTO NOVENTA Y TRES METROS CON CUARENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (193,46 Mts2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: Calle La Cachapera con 26,97 ML; SUR: Terreno que es o fue de Marisol Cedillo con 25,08 ML; ESTE: Transversal Nº 1 con 10,16 ML; y OESTE: Terreno que es o fue de Roiner Medina con 14,22 ML; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357.....