CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto incoada por la ciudadana MARINES DEL CARMEN LUNA OJEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.092.713, en contra del ciudadano ALEXANDER JOSE RATTIA FIGUEIRA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-21.293.065, padres biológicos del niño (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero). Todo de conformidad al criterio de la doctrina emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la Sentencia Nro. 1.070, de fecha 09-12-2016, la cual riela en el expediente Nro. 16-0916, con ponencia del Magistrado Dr. JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER, caso Hugo Armando Carvajal Barrios Vs. Gladys Coromoto Segovia.....