PRIMERO: Sin lugar la apelación de fecha 05 de octubre de 2006, que riela al folio 51, ejercida por el ciudadano abogado JESUS DEL VALLE LISS, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana DORIS ZORAIDA SÁNCHEZ DE GRACIA, parte demandada, en contra de la sentencia del A-quo.
SEGUNDO: Con Lugar la demanda que por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales intentaron las ciudadanas LUISA ELENA OVIEDO y CLEMENTINA REYES DE COLINA, identificadas en los autos, en contra de la ciudadana DORIS ZORAIDA SANCHEZ DE GRACIA. En consecuencia, se condena a la ciudadana DORIS ZORAIDA SANCHEZ DE GRACIA, a pagar a las abogadas LUISA ELENA OVIEDO y CLEMENTINA REYES DE COLINA, los honorarios profesionales derivados de las costas procesales resultantes del juicio principal de SIMULACION DE VENTA; declarando abierta la fase ejecutiva una vez quede firme el fallo, a los fines de determinar el monto a cobrar por concepto de honorarios profesionales, mas la indexación judicial.
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