Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 12, 14, 506 y 508 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1354 del Código Civil, así como los artículos 26, 49, 77 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada por el ciudadano ERME SOLEY MARCANO TOCHON, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V-8.926.896, domiciliado en la Urbanización La Fundación, calle 1, casa N° 10, parroquia Monseñor Argimiro García de Espinoza, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, asistido por el Abogado en ejercicio RICARDO OSORIO DEFFIT, inscrito en el Instituto de Previsión Social .....