Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Delta Amacuro, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: en virtud de lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD SOBRE LA BIENHECHURÍA, enclavadas en una parcela de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I.), ubicado en el sector Piacoa centro, calle principal, parroquia Juan Bautista Arismendi, municipio Autónomo Casacoima, estado Bolivariano Delta Amacuro, que mide: ANCHO (FRENTE): 13,60m, POSTERIOR: 14,20m, LARGO: 47,60m, en un área total de: SEISCIENTOS SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUATROS CENTIMETROS (661,64 M2), y un área de construcción que mide: CIENTO TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTÍMETRO.....