DISPOSITIVA
Este Tribunal Único de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara redimida, por el trabajo y estudio, la pena que impuso en fecha 08 de agosto de 2011, el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de éste Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, al penado XAVIER JOSE NATERA CABELLO; en un tiempo de 01 año, 03 meses y 21 días, ello de conformidad con los artículos 2, 3, 5, 6 y 10 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en relación con los artículos 470, 471 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión. Notifíquese a las partes. Por cuanto el penado se encuentra cumpliendo pena en el Internado Judicial de Bolívar Vista Hermosa, se.....