Por no configurarse ninguno de los supuestos de inadmisibilidad establecidos en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite la pretensión de conformidad con el artículo 447 eiusdem, en relación con el numeral 2 del artículo 444 ibidem.
Se acuerda fijar para el día Jueves 8-5-2014, a las 2:30 p.m., la celebración de la audiencia oral a la cual se refiere el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. CUMPLASE.
EL JUEZ PRESIDENTE, (Ponente)
EDWIN ESPINOZA COLMENARES
EL JUEZ,
JUAN CARLOS GOITIA GOMEZ
LA JUEZA,
NELLY MILDRET RUIZ RUIZ.
LA SECRETARIA,
ROSMARY TORRES
EEC/EMBL/NMR/RT/José
Causa Nº 1As-2747-14