(...) En orden a los razonamientos expuestos y a las pruebas valoradas ut-supra, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos EUGENIO JOSÉ CRISOSTOMI y GERSON TORRES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nro.15.958 y 120.916 respectivamente, ambos en su carácter de apoderados de los ciudadanos: VÍCTOR COLMENARES, CARLOS MIRABAL, JOSÉ PIÑATE, GABRIELA NIEVES, FRANKLIN JASPE, MARÍA MONSERRATTE, JOSÉ GARCÍA, PORFIRIO CORTÉZ, ANA RUÍZ, CARMEN BLANCO, LUIS JASPE, DANNYS GONZÁLEZ, LUIS FLORES, JUAN RODRÍGUEZ, OLIMPIA BRITO y MARÍA GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 8.194.708, 14.948.571, 14.520.149, 11.243.818, 9.685.256, 10.619.024, 10.620.409, 9.094.054, 11.982.302, 8.169.115, 14.218.630, 11.241.688, 5.02.....