D I S P O S I T I V A:
En atención a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación de fecha 01 de Abril de 2014, ejercida por el abogado LUIS HUMBERTO CALDERON SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.931, apoderado judicial del ciudadano ALEXIS ROGOBERTO HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.478.507, parte solicitante.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 26 de Marzo del año 2014, por el Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en Elorza.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase el expediente al Tribunal de ori.....