Con fundamento en los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL solicitada por los ciudadanos: EDGAR GENARO DOMINGUEZ GUERRERO Y OLGA LUCIA TORRES CUENCA, venezolanos, mayores de edad, divorciados, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-5.337.791 y V- 17.525.157, respectivamente, ambos domiciliados en la ciudad de Tucupita, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio HITA LINA GUILIANI, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 51353. Quedando definitiva la liquidación de los bienes conyugales en la forma, c.....