D I S P O S I T I V A:
En atención a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se Repone la Causa, al estado de que la Jueza Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, se pronuncie en cuanto al CONVENIMIENTO planteado por la parte accionante, en fecha 03 de julio de 2002, según consta en el folio 130 del presente Expediente.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de las partes de conformidad con el artículo 251del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, Publíquese, déjese copia y remítase el expediente al Tribunal de origen, en su oportunidad.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este J.....