DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD SOBRE LA BIENHECHURÍA, construida sobre un terreno de propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en la Carretera Nacional Paloma, Vía Nacional El Cierre, Parroquia Mariscal Antonio José de Sucre, Municipio Tucupita, estado Bolivariano Delta Amacuro, que mide Dos Mil Doscientos Ochenta y Siete metros con Treinta y Nueve Centímetros (2287,39Mts) y un área de construcción de Ciento Tres metros con Sesenta y Cinco Centímetros (103,65Mts) y comprende los siguientes linderos: NORTE:Propiedad que es o fue de Automotriz Delta C.A, con.....