CON LUGAR la apelación de auto interpuesta por el profesional del derecho JACKSON CHOMPRÉ LAMUÑOS, en su carácter de Defensor Público de la ciudadana YENNYS NOEMÍ CONTRERAS CORTÉZ, en contra la sentencia dictada en audiencia preliminar de fecha 06MAY10, por el Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure.
SEGUNDO: SE ANULA la decisión dictada en fecha 06MAY10 por el Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure, por ser violatorio de los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se ordena a otro Tribunal distinto, para que conozca del presente caso y decida conforme a derecho, todo de conformidad a lo pautado en los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal.