este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de INTERDICCION CIVIL, interpuesta por la ciudadana DELIA MARGARITA QUIÑONEZ DE LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-565.790. En consecuencia, se decreta la INTERDICCIÓN CIVIL DEFINITIVA de la ciudadana MARIA ISABEL DE JESUS LOPEZ QUIÑONEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.208.842, por aplicación del artículo 396 del Código Civil en concordancia con el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Se designa de derecho y por tiempo indefinido a la ciudadana MARIA CONCEPCIÓN LOPEZ QUIÑONEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.925.458 como TUTORA de la ciudadana MARIA ISABEL.....