ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: Se acuerda proseguir la presente Causa por la Vía del Procedimiento ordinario. SEGUNDO: Se decreta a la ciudadana YASMELIS GABRIELA MARTINEZ GRATEROL, titular de la cedula de identidad Nº 20.298.470, Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad, de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse incursos en la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON PREMEDITACION Y ALEVOSÍA, CON MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 numerales 1º y 2º del Código Penal, AGAVILLAMIENTO previsto y sancionado en el articulo 286 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de BERMUDEZ APARICIO YULIANNYS ADRIANA (occiso) TERCERO: Líbrese la boleta de encarcelación a nombre .....