Se dicto y publico sentencia interlocutoria mediante la cual se decreta MEDIDA AUTÓNOMA PROVISIONAL CAUTELAR INNOMINADA a la producción agrícola por ocho meses (08) a partir de la presente fecha a favor de la cosecha de ocumo chino producida por el Ciudadano OMAR JOSE SALAZAR GONZALEZvenezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V- 1.387.042, respectivamente, domiciliado en la comunidad de la Horqueta , calle las Cuibas, Parroquia Virgen Del Valle, Municipio Tucupita, estado Delta Amacuroordenándose a la ciudadana LOURDES SANTA RODRIGUEZ MARIN, o a cualquier tercero, abstenerse de continuar haciendo actos que conlleven a la interrupción de la producción agrícola y la preservación de los recursos naturales renovables, haciéndole saber que debe cesar cualquier amenaza de paralización, ruina, tala, desmejoramiento o destrucción, conforme lo dispuesto en los artículos 196 y 243 Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en contra del lote de terreno ubicado en la Comun.....